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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: D-2RO-740-C3-13
N° Receptoría: D-2RO-740-C2013
Fecha: 2013-10-29
Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ VENTURA ANGELA MARÍA S/ EJECUTIVO
Descripción: providencia
General Roca, 29 de Octubre de 2.013.-
Trábese embargo sobre el bien denunciado hasta cubrir las sumas de $ 21.078,20, con más la suma de $ 10.500 que se calculan para costas.-
Para su cumplimiento líbrese oficio al Juzgado Civil UNO a fin de que procedan a poner nota de embargo en el expte. "Ventura Angela c/ Alvarez, Alberto Hugo y otros s/ Ordinario" (Y Beneficio de Litigar Sin Gastos- Se acumula a Expte. 298-09) y P/C 43-10 Benef. CP. 30.055-J6-09) (Expte. N° 494-10) , sobre las sumas que tengan a percibir y/o derechos de la Sra. Angela María Ventura, hasta cubrir los montos detallados precedentemente, los que deberán ser depositados en la cuenta de autos a la orden del Tribunal en el Banco Patagonia S.A. Sucursal General Roca.-
Oportunamente notifíquese a la ejecutada.-
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro