Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 30829III

N° Receptoría:

Fecha: 2013-10-29

Carátula: BANCO NACION ARG. C/ VESPRINI Armando R. S/ EJECUCION HIPOTECARIA

Descripción: a Caja Forense

General Roca, 29 octubre de 2013.s-

Proveyendo a fs. 182: Téngase presente la aclaración formulada.-

Proveyendo a fs. 184: Agréguese y téngase por abonado el Impuesto de Justicia, Sellado de Actuación y contribuciones varias.-

Proveyendo a fs. 185: Atento el estado de autos, regulo por sus actuaciones los honorarios del Dr. Daniel C. Alonso (apoderado) en la suma de $1.760, los del Dr. Tomás Rodriguez (patrocinante) a partir de fs. 95,   en la suma de $600.-, los de la Dra. Adriana Rodriguez Carriquiriborde (patrocinante) en la suma de $3.800, por su actuación a fs . 121/2, 133/4143, 145 y 180 .-

Se deja constancia que a la Dra. Adriana Rodriguez Carriquiriborde y al Dr. Roque La Pusata se le han regulado honorarios a fs. 86 en la Sentencia de Trance y Remate.-

(M.B. $ 110.000 (arts. 6, 8 y 41 ley 2212 R.N.)

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-

Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-

Proveyendo a fs. 186: Hágase saber el dictamen de Caja Forense.-

Proveyendo a fs. 189: Agréguese y vista a Caja Forense.-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

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