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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 30829III
Fecha: 2013-10-29
Carátula: BANCO NACION ARG. C/ VESPRINI Armando R. S/ EJECUCION HIPOTECARIA
Descripción: a Caja Forense
General Roca, 29 octubre de 2013.s-
Proveyendo a fs. 182: Téngase presente la aclaración formulada.-
Proveyendo a fs. 184: Agréguese y téngase por abonado el Impuesto de Justicia, Sellado de Actuación y contribuciones varias.-
Proveyendo a fs. 185: Atento el estado de autos, regulo por sus actuaciones los honorarios del Dr. Daniel C. Alonso (apoderado) en la suma de $1.760, los del Dr. Tomás Rodriguez (patrocinante) a partir de fs. 95, en la suma de $600.-, los de la Dra. Adriana Rodriguez Carriquiriborde (patrocinante) en la suma de $3.800, por su actuación a fs . 121/2, 133/4143, 145 y 180 .-
Se deja constancia que a la Dra. Adriana Rodriguez Carriquiriborde y al Dr. Roque La Pusata se le han regulado honorarios a fs. 86 en la Sentencia de Trance y Remate.-
(M.B. $ 110.000 (arts. 6, 8 y 41 ley 2212 R.N.)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
Proveyendo a fs. 186: Hágase saber el dictamen de Caja Forense.-
Proveyendo a fs. 189: Agréguese y vista a Caja Forense.-
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro