include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0010/2008
Fecha: 2013-10-24
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ GUARACAN NILDA INES S/ EJECUTIVO
Descripción: ARCHIVO PARALIZADO RES. 893/11
EXPTE. Nº 0010/2008
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ GUARACAN NILDA INES S/ EJECUTIVO
*05TXHO.0INUXX*
Viedma, de octubre de 2013.-
Atento el estado de autos, agréguese el documento base original reservado en Secretaría, dejando constancia de la presente ejecución.-
Atento el estado de autos y en uso de la delegación de facultad dispuesta mediante Auto Interlocutorio n° 893/11, decrétase la paralización de las presentes actuaciones y cumplidos los requisitos exigidos por el art. 105 del Reglamento del Archivo, remítanse al mencionado organismo.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro