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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1037/2010
Fecha: 2013-10-23
Carátula: CASTILLO CIRILO C/ VIOLA FERMINA OLGA Y OTRO S/ DESALOJO (Sumarísimo)
Descripción: hace efectivo aperd. demandada - actora APELACION EN RELACION Y CON EFECTO DEVOLUTIVO (DESALOJO 2011)
EXPTE. Nº 1037/2010
CARATULA: CASTILLO CIRILO C/ VIOLA FERMINA OLGA Y OTRO S/ DESALOJO (Sumarísimo)
Viedma, de octubre de 2013.-
Atento el estado de autos y teniendo en cuenta que la parte demandada no ha dado cumplimiento en tiempo y forma con lo requerido a fs. 157, hágase efectivo el apercibimiento allí dispuesto y téngase por no presentado el escrito de fs. 155, procediéndose a su desglose para ser devuelto a su presentante bajo constancia.-
Al escrito de fs. 158:
Con relación a lo manifestado respecto a la notificación personal deberá estarse a la efectuada al suscribir la cédula de notificación de fs. 156.-
Por interpuesto recurso de apelación, concédese en relación y con efecto devolutivo.-
Hágase saber que deberá acompañar las copias de fs. 2/5, 11/12, 35/37, 153/154 y 156, a los fines de proceder a formar la pieza prevista en el art. 250 del CPCC.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro