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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0526/2013
N° Receptoría: D-1VI-550-C2013
Fecha: 2013-10-23
Carátula: BANCO HIPOTECARIO S.A. C/ AGUIRRE CARLOS LEONARDO S/ EJECUCION HIPOTECARIA
Descripción: INTERPONE EXCEPCIONES
EXPTE. Nº 0526/2013
CARATULA: BANCO HIPOTECARIO S.A. C/ AGUIRRE CARLOS LEONARDO S/ EJECUCION HIPOTECARIA
Viedma, de octubre de 2013.-
Por presentado, parte conforme al poder acompañado y por constituído domicilio.-
Por opuesta excepción, de ella demás manifestado y documental acompañada córrase traslado a la contraparte por el término de ley. Notifíquese.-
De conformidad con lo solicitado tiénese presente lo dispuesto en el art. 1º de la ley 3504 en cuanto concede el beneficio de litigar sin gastos al peticionante.-
Conforme lo peticionado y de conformidad con lo dispuesto por el art. 121 del CPCC, exímase a la parte de acompañar copias para traslado de los recibos obrantes a fs. 32/45, quedando a disposición de la parte para su consulta y observación.-
En consecuencia, hágase saber que deberá acompañarse copias para traslado de fs. 46/54.-
A los fines del apoderamiento previsto por el art. 85 del CPCC, señálase primera audiencia, a la que deberá comparecer el sr. Carlos Leonardo Aguirre munido de su documento de identidad, de lunes a viernes, de 8.00 a 12.00 horas. Notifíquese.-
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Luciano Minetti Kern
Secretario Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro