Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0114/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2013-10-22

Carátula: IURI IRINEO S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: ha lugar - inscripción

EXPTE. Nº 0114/2008

CARATULA: IURI IRINEO S/ SUCESION AB INTESTATO

Viedma, de octubre de 2013.-

Agréguese.-

Atento las razones invocadas, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde que se tomará nota del embargo decretado según constancia de fs. 29 y de conformidad con lo dispuesto en el art. 207 del CPCC, corresponde tener por extinguida la medida en cuestión.-

Atento lo solicitado y el estado de las presentes actuaciones, inscríbase la declaratoria de herederos en relación al bien inmueble en cuestión y cesiones de derechos efectuadas a fs. 103/104 y fs. 121/123 que al efecto se desglosarán, dejándose copia certificada en su reemplazo, a cuyo fin líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble, con los recaudos de ley y demás partes pertinentes de autos.-

Rosana Calvetti

Juez

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