Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0409/2013

N° Receptoría: B-1VI-18-C2013

Fecha: 2013-10-21

Carátula: TARJETA NARANJA S.A. C/ DIAZ DIEGO RAFAEL S/ COBRO DE PESOS (Sumarísimo)

Descripción: DECRETO DE REBELDIA

EXPTE Nº 0409/2013

CARATULA: TARJETA NARANJA S.A. C/ DIAZ DIEGO RAFAEL S/ COBRO DE PESOS (Sumarísimo)

Viedma, de octubre de 2013.-

Atento lo solicitado, lo que resulta de la documentación acompañada y obrante en la causa e informando en este acto el Actuario, encontrarse vencido el término acordado al accionado para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho sin que lo hubiere efectuado, désele por decaído el derecho que para hacerlo tenía y en mérito a lo solicitado, hágase efectivo el apercibimiento previsto por el art. 59 del Código Procesal Civil y Comercial declárase rebelde en el juicio al demandado sr. Diego Rafael Díaz. Notifíquese.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

Luciano Minetti Kern

Secretario Subrogante

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