Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0751/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-10-18

Carátula: SHERRIFF RAUL OSVALDO C/ EPUL NILDA S/ DESALOJO (Sumarísimo)

Descripción: solicita aclaratoria - devuelve documental

EXPTE. Nº 0751/2012

CARATULA: SHERRIFF RAUL OSVALDO C/ EPUL NILDA S/ DESALOJO (Sumarísimo)

Viedma, de octubre de 2013.-

Proveyendo a fs. 58/61:

Agréguense.-

Proveyendose a fs: 57

i) Por interpuesta aclaratoria.-

Toda vez que el análisis de la legitimación pasiva es intrínseco a la procedencia de la acción de desalojo, la que además, tiene trámite sumarísimo que implica la resolución de las defensas en el marco de la sentencia definitiva -ya que forma parte de su dictado- no constituye una incidencia que amerite regulación de honorarios, a la aclaratoria en los términos en la que fuera formulada no ha lugar.-

ii) Teniendo en cuenta el estado de autos, al pedido de agregación del resumen de la historia clínica del actor no ha lugar, en consecuencia, devuélvaselo a su presentante.-

Rosana Calvetti

Juez

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