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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0751/2012
Fecha: 2013-10-18
Carátula: SHERRIFF RAUL OSVALDO C/ EPUL NILDA S/ DESALOJO (Sumarísimo)
Descripción: solicita aclaratoria - devuelve documental
EXPTE. Nº 0751/2012
CARATULA: SHERRIFF RAUL OSVALDO C/ EPUL NILDA S/ DESALOJO (Sumarísimo)
Viedma, de octubre de 2013.-
Proveyendo a fs. 58/61:
Agréguense.-
Proveyendose a fs: 57
i) Por interpuesta aclaratoria.-
Toda vez que el análisis de la legitimación pasiva es intrínseco a la procedencia de la acción de desalojo, la que además, tiene trámite sumarísimo que implica la resolución de las defensas en el marco de la sentencia definitiva -ya que forma parte de su dictado- no constituye una incidencia que amerite regulación de honorarios, a la aclaratoria en los términos en la que fuera formulada no ha lugar.-
ii) Teniendo en cuenta el estado de autos, al pedido de agregación del resumen de la historia clínica del actor no ha lugar, en consecuencia, devuélvaselo a su presentante.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro