Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40069

N° Receptoría:

Fecha: 2013-10-18

Carátula: HSBC BANK ARGENTINA S.A. C/ AROS Pablo Esteban S/ EJECUTIVO

Descripción: regula x acrecidos

//neral Roca, 18 de OCTUBRE de 2013.=

Al punto I, estése al dictámen de Caja Forense de fs. 77.

Agréguese y previo al cheque peticionado, atento el estado de autos, regulo por acrecidos los honorarios de los Dres. Eduardo E. Saint Martin en $ 500.- los del Dr. Lautaro E. Vettulo en $ 500.- -apoderados- (M. B. $ 17.385,29.- arts. 6, 8 y 41 de la ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas de la causa y el resultado obtenido a través de aquella.-

Cúmplase con la ley 869 y notifíquese.

Concédes el préstamo peticionado, por el término de dos días.-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro