Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37793

N° Receptoría:

Fecha: 2013-10-17

Carátula: FANTINI Ricardo Jorge C/ BINSTEIN Javier y Otros S/ ORDINARIO

Descripción: PROVIDENCIA

General Roca, de octubre de 2013.s-

Proveyendo a fs. 1143: Agréguese el poder acompañado y téngase por presentado en el carácter invocado.-

Del nuevo domicilio constituido, traslado. Not.-

Déjese constancia que a fs. 704 a 708 se encuentra agregada la Historia Clínica remitida por el Hospital de General Roca del actor y no se encuentra realizada la referida a los originales de las actuaciones realizadas por Jorge Frosio, por lo que atento el traslado dispuesto a fs. 1139, decrétase la negligencia de la documental en poder de terceros propuesta por la codemandada Clínica Roca S.A., referida a las actuaciones originales realizadas por Jorge Frosio.-

Proveyendo a fs. 1145: Atento la certificación de fs. 1139 y no habiendo instado el demandado Javier Binstein la confesional de la actora, propuesta oportunamente, decrétase la negligencia de la misma, la que no podrá realizarse en esta instancia.-

Al punto II: Estése a lo proveído precedentemente.-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro