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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37793
Fecha: 2013-10-17
Carátula: FANTINI Ricardo Jorge C/ BINSTEIN Javier y Otros S/ ORDINARIO
Descripción: PROVIDENCIA
General Roca, de octubre de 2013.s-
Proveyendo a fs. 1143: Agréguese el poder acompañado y téngase por presentado en el carácter invocado.-
Del nuevo domicilio constituido, traslado. Not.-
Déjese constancia que a fs. 704 a 708 se encuentra agregada la Historia Clínica remitida por el Hospital de General Roca del actor y no se encuentra realizada la referida a los originales de las actuaciones realizadas por Jorge Frosio, por lo que atento el traslado dispuesto a fs. 1139, decrétase la negligencia de la documental en poder de terceros propuesta por la codemandada Clínica Roca S.A., referida a las actuaciones originales realizadas por Jorge Frosio.-
Proveyendo a fs. 1145: Atento la certificación de fs. 1139 y no habiendo instado el demandado Javier Binstein la confesional de la actora, propuesta oportunamente, decrétase la negligencia de la misma, la que no podrá realizarse en esta instancia.-
Al punto II: Estése a lo proveído precedentemente.-
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro