Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40493

N° Receptoría:

Fecha: 2013-10-17

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ MASELLO Hector Fabian S/ EJECUTIVO

Descripción: Cancelación - Acrecidos

Expte. 40493.-

//neral Roca, 17 de octubre de 2013.-j

Proveyendo el escrito d efs. 96, estando vencido el traslado conferido a fs. 95, apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación de fs. 94 por la suma de $ 842,22 al 02.09.13..-

Proveyendo el escrito de fs. 97, téngase presente la cancelación denunciada.-

Regulo los honorarios por acrecidos de la Dra. MARCELA ADRIANA SAITTA en $ 315 .- (MB: $ 5.640,74 -total de extracciones-).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 8 y 41 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.

Al levantamiento de embargo, oportunamente.-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

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Poder Judicial de Río Negro