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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40493
Fecha: 2013-10-17
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ MASELLO Hector Fabian S/ EJECUTIVO
Descripción: Cancelación - Acrecidos
Expte. 40493.-
//neral Roca, 17 de octubre de 2013.-j
Proveyendo el escrito d efs. 96, estando vencido el traslado conferido a fs. 95, apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación de fs. 94 por la suma de $ 842,22 al 02.09.13..-
Proveyendo el escrito de fs. 97, téngase presente la cancelación denunciada.-
Regulo los honorarios por acrecidos de la Dra. MARCELA ADRIANA SAITTA en $ 315 .- (MB: $ 5.640,74 -total de extracciones-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 8 y 41 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.
Al levantamiento de embargo, oportunamente.-
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro