include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0077/2011
Fecha: 2013-10-16
Carátula: GEOMINERA S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO
Descripción: REG. HON. AL DR. OYOLA
EXPTE. Nº 0077/2011
CARATULA: GEOMINERA S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO
Viedma, de octubre de 2013.-
Agréguese.-
Atento las pautas establecidas en el art. 1627 del C.C. -ref. ley 24.432-, los topes porcentuales máximos previstos en el art. 77 del CPCC y los arts. 6 y 7 (tarea profesional y labor desarrollada) de la ley 2.212, y a fin de no ocasionar una evidente e injustificada desproporción a la luz del trabajo efectivamente cumplido, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Leandro Javier Oyola por la tarea realizada, en la suma equivalente a 5 jus, imponiéndose las costas a la concursada. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro