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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0644/2010
Fecha: 2013-10-11
Carátula: DE REGE EMILIO HECTOR S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: falta certificado inhibiciones-homologa honorarios
EXPTE. N° 0644/2010
CARATULA: DE REGE EMILIO HECTOR S/ SUCESION AB INTESTATO
Viedma, de octubre de 2013.-
Agréguese.-
Atento el acuerdo arribado por las partes, homológaselo en todos sus términos, quedando establecidos los honorarios profesionales del Dr. Jorge Cámpora, en la suma de $ 3.000, con cargo a la parte (conf. acuerdo de fs. 182) y por los trabajos realizados e incluidas las tareas de inscripción respecto del automotor. Notifíquese y tiénese presente la conformidad de Caja Forense.-
Previo a la inscripción deberán acompañarse certificado de inhibiciones del causante y de los herederos expedidos por el Registro de la Propiedad Inmueble.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro