Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0260/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-10-11

Carátula: CALVO LILIANA MABEL C/ EMPRESA CEFERINO S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: OFICIO CAMARA REMOCION

PODER JUDICIAL

RIO NEGRO

Viedma, de octubre de 2013.-

OFICIO Nº _______/13

Al Señor Presidente

de la Cámara de Apelaciones en lo Civil

Dr. Gustavo Azpeitia

SU DESPACHO.-

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en los autos caratulados: "CALVO LILIANA MABEL C/ EMPRESA CEFERINO S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)" (Expte. n° 0260/2012), que tramitan ante el Juzgado Civil Nº 3 a mi cargo, Secretaría del Dr. Luciano Minetti Kern, a efectos de comunicarle, que conforme lo dispuesto en el art. 469 del C.Pr., el perito accidentológico Carlos Armando Riat ha sido removido del cargo para el que fuera designado en las presentes actuaciones, ello debido a su falta de aceptación a lo que se agrega la inexistencia de justificación o excusación para ello.-

Se adjuntan fotocopias certificadas de las piezas pertinentes.-

Dios guarde a Ud.-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro