Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1242/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2013-10-11

Carátula: BANCO HIPOTECARIO S.A. C/ VAZQUEZ LIDIA HAYDEE S/ EJECUTIVO

Descripción: REG. HON. POR EJ. DE SENTENCIA - saldo p/demandada

EXPTE. Nº 1242/2009

CARATULA: BANCO HIPOTECARIO S.A. C/ VAZQUEZ LIDIA HAYDEE S/ EJECUTIVO

Viedma, de octubre de 2013.-

Agréguese.-

Atento las pautas establecidas en el art. 1627 del C.C. -ref. ley 24.432-, los topes porcentuales máximos previstos en el art. 77 del C. Pr. y los arts. 6 y 7 (tarea profesional y labor desarrollada) de la ley 2.212, y a fin de no ocasionar una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo efectivamente cumplido y la retribución resultante de la aplicación directa de las normas arancelarias, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Felipe Omar Brianti por la etapa de ejecución de sentencia, en la suma de $ 980. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-

Sin perjuicio de ello, hágase saber a la demandada la existencia de fondos. Notifíquese.-

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Rosana Calvetti

Juez

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