Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0826/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2013-10-10

Carátula: PATAGONICA S.R.L. C/ HORIZONTE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: A LA FIJACION DE 368 NO HA LUGAR

EXPTE. Nº : 0826/2010.-

PATAGONICA S.R.L. C/ HORIZONTE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A. S/ ORDINARIO.-

Viedma, de octubre de 2013.-

Proveyendo a fs. 390: A la regulación de honorarios peticionada, estése a la etapa procesal oportuna.-

Proveyendo a fs. 401: Existiendo prueba pendiente de producción de ambas partes, a lo peticionado en este estado no ha lugar.-

Advirtiendo en este estado que en la providencia de fs. 395/396 no se ha consignado expresamente que el plazo de prueba es el mismo que el fijado a fs. 106/107 (120 dias), en aras de salvaguradar el principio de igualdad, hágase saber ello a las partes.-

Maria Gabriela Tamarit

Juez Subrogante

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