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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0710/2013
N° Receptoría: F-1VI-165-C2013
Fecha: 2013-10-08
Carátula: TRUJILLO ISAIAS HILARIO Y CALVO SILVIA MABEL S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: INICIA SUCESION
EXPTE. Nº: 0710/2013.-
CARATULA: "TRUJILLO ISAIAS HILARIO Y CALVO SILVIA MABEL S/ SUCESION AB INTESTATO".-
Viedma, de octubre de 2013.-
Por presentada, parte y por constituido el domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Toda vez que la copia de la partida de nacimiento de Angela Noemí Trujilllo carece de validez legal por ser fotocopia simple, devuélvase a su presentante.-
Estando prima facie acreditada la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de las partidas de defunción acompañadas, declaro abierto el juicio sucesorio intestado de ISAIAS HILARIO TRUJILLO y SILVIA MABEL CALVO.-
Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los mismos, para que dentro de treinta días lo acrediten. Oportunamente dése intervención a Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal (arts. 689, 690, 693, 699 y ccdtes. del CPCC). Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines previstos por el art. 6 de la ley 133.-
Inscríbase la presente sucesión en el Registro Público de Juicios Universales.-
Conforme lo previsto por el art. 699 inc. 1) del CPCC, notifíquese por cédula a los presuntos herederos.-
Existiendo diferencia en los nombres del causante nombrado conforme surge de fs. 5, 8 y 9 y de fs. 7, acompáñese partida de nacimiento o su defecto prodúzcase información sumaria
R .B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro