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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0864/2008
Fecha: 2013-10-08
Carátula: RUSSO FRANCISCO S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: ACUMULAR OTRA SUCESION POR FALLEC. CONYUGE - NO HA LUGAR
EXPTE. No. 0864/2008
CARATULA: RUSSO FRANCISCO S/ SUCESION AB INTESTATO
Viedma, de octubre de 2013.-
Al escrito de fs. 77:
Agréguese.-
Del acuerdo de honorarios presentado, córrase vista a la Caja Forense.-
Proveyendo a fs. 78:
Toda vez que el formulario presentado implica el inicio de la sucesión de la cónyuge del causante y teniendo en cuenta el estado pocesal del presente trámite, donde solo falta cumplir con la ley 869 y proceder a la inscripción la declaratoria de herederos con relación a los bienes denunciados, y en atención que de proceder a la apertura del sucesorio de la sra. Crespo se deberían realizar nuevamente todos los trámites ya realizados (informes, publicación de edictos, certificación, declaratoria de herederos), al pedido de acumulación no ha lugar, debiendo tramitar en forma independiente la sucesión de Rene Isabel Crespo, y en su oportunidad proceder a inscribir la declaratoria de herederos en cada expediente.-
En su mérito y a los fines de iniciar la correspondiente sucesión, procédase a desglosar la partida de defunción obrante a fs. 67.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro