Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0810/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2013-10-07

Carátula: OCAMPOS ENRIQUE RAFAEL C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (JEFATURA DE POLICIA - MINISTERIO DE GOBIERNO) S/ ORDINARIO

Descripción: CEDULA SECRETARIA-CAJA FORENSE

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C É D U L A

Señor: Caja Forense

Domicilio: Belgrano nº 80 - (constituido)

Ciudad: Viedma

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "OCAMPOS ENRIQUE RAFAEL C/PROVINCIA DE RIO NEGRO (JEFATURA DE POLICIA - MINISTERIO DE GOBIERNO) S/ORDINARIO", Expte. Nº 0810/2007, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 03 de octubre de 2013.- VISTOS: ... RESULTA: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda interpuesta a fs. 34/59 y condenar a la Provincia de Río Negro a pagar al Sr. Enrique Rafael Ocampos, en el plazo de 10 días, la suma de $ 416.356 en concepto de daño emergente, lucro cesante, daño psicológico, estético y moral y de allí en más los intereses posteriores a la tasa activa hasta su efectivo pago, desestimándola en lo demás pedido.- II.- Imponer las costas a la demandada (conf. art. 68 CPCC).- III.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Danilo Javier Vega en la suma de $ 44.882 (coef. 70 % del 11 % + 40 %), los del Dr. Guillermo Campano en la suma de $  13.740 (coef. 30 % del 11 %), los de los Dres. Leandro Nimo, Adrian Dvorzak y Armando Salazar, en forma conjunta, en la suma de $ 27.200 (coef. 2/3 del 7 % + 40 %), los del perito médico Dr. Jorge Raúl Boland en la suma de $ 7.000; los del perito ingeniero civil sr. Aldo Hugo Pichun en la suma de $ 5.500 y los de la perito Psicóloga Lic. María Eva Calpakchi en la suma de $ 5.500. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- IV.- Regular los honorarios por la incidencia de fs. 97/98 del Dr. Danilo Javier Vega en la suma de $ 6.400 (coef. 10 % del 11 % + 40 %) sin perjuicio del beneficio de litigar otorgado al actor.- V.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-Fdo. Dra. Rosana Calvetti-Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de octubre de 2013.-

*05TXHO.9QJRXF*

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Poder Judicial de Río Negro