Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0565/2013

N° Receptoría: B-1VI-29-C2013

Fecha: 2013-10-04

Carátula: TARJETA NARANJA S.A. C/ ECHEVARRIA MARIANA ANDREA S/ COBRO DE PESOS (Sumarísimo)

Descripción: DECRETO DE REBELDIA

EXPTE Nº 0565/2013

CARATULA: TARJETA NARANJA S.A. C/ ECHEVARRIA MARIANA ANDREA S/ COBRO DE PESOS (Sumarísimo)

Viedma, de octubre de 2013.-

Atento lo solicitado, lo que resulta de la documentación obrante en la causa e informando en este acto el Actuario encontrarse vencido el término acordado a la accionada para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho sin que lo hubiere efectuado, désele por decaido el derecho que para hacerlo tenía, en consecuencia, haciendo efectivo el apercibimiento previsto por el art. 59 del Código Procesal Civil y Comercial, declárase rebelde en juicio a la demandada Mariana Andrea Echevarría. Notifíquese.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

Luciano Minetti Kern

Secretario Subrogante

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