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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0565/2013
N° Receptoría: B-1VI-29-C2013
Fecha: 2013-10-04
Carátula: TARJETA NARANJA S.A. C/ ECHEVARRIA MARIANA ANDREA S/ COBRO DE PESOS (Sumarísimo)
Descripción: DECRETO DE REBELDIA
EXPTE Nº 0565/2013
CARATULA: TARJETA NARANJA S.A. C/ ECHEVARRIA MARIANA ANDREA S/ COBRO DE PESOS (Sumarísimo)
Viedma, de octubre de 2013.-
Atento lo solicitado, lo que resulta de la documentación obrante en la causa e informando en este acto el Actuario encontrarse vencido el término acordado a la accionada para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho sin que lo hubiere efectuado, désele por decaido el derecho que para hacerlo tenía, en consecuencia, haciendo efectivo el apercibimiento previsto por el art. 59 del Código Procesal Civil y Comercial, declárase rebelde en juicio a la demandada Mariana Andrea Echevarría. Notifíquese.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
Luciano Minetti Kern
Secretario Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro