Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0402/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2006-05-15

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ CERDAN LUCIO EDUARDO Y OTRA S/ ORDINARIO

Descripción: AUD. 361 DEL C. PR. (art. 125)

EXPTE. Nº 0402/2004

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ CERDAN LUCIO EDUARDO Y OTRA S/ ORDINARIO

Viedma, mayo de 2.006.-

Atento lo peticionado y existiendo hechos controvertidos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase la presente causa a prueba. A tal fin, en los términos del art. 361 del C. Pr., fíjase audiencia para el 22 de junio de 2006 a las 10,00 horas, a la que deberán comparecer las partes munidas de sus documentos de identidad, bajo apercibimiento de celebrarse con cualquiera de las partes que concurra (art. 125 del C. Pr.). Notifíquese.-

e.z

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro