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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0977/2009
Fecha: 2013-10-03
Carátula: NUÑEZ ROBERTO CESARIO S/ QUIEBRA
Descripción: CEDULA SECRETARIA cdor. LEHNER
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
___________
C E D U L A
Señor: OMAR RAUL LEHNER
Domicilio: Saavedra nº 566 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "NUÑEZ ROBERTO CESARIO C/ S/QUIEBRA", Expte. Nº 0977/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 01 de octubre de 2013.- VISTOS: CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Hacer lugar a la petición del Sr. Síndico interviniente y en consecuencia declarar la clausura del procedimiento por falta de activo.- II.- Comunicar conforme el art. 233 LCQ a la justicia penal a cuyo fin líbrese oficio al Agente Fiscal de turno con copia de la presente.- III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de octubre de 2013.-
Luciano Minetti Kern
Secretario Subrogante
*05TXHO.FM4C7U*
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Poder Judicial de Río Negro