Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: T-2RO-17-C3-13

N° Receptoría: T-2RO-17-C2013

Fecha: 2013-10-02

Carátula: URRA BALDEMAR Pedro A. en: PAINEMAN Juan A. C/ MELLADO SANDOVAL Luis A. S.EJEC. S/ QUEJA - JUZGADO DE PAZ

Descripción: deja sin efecto

General Roca, 02 de octubre de 2013.s-

Habiendo asumido la suscripta la subrogancia del Juzgado Civil 3 el día 30 de septiembre de 2013, hágase saber el Juez que entenderá en la causa.-

Asimismo requiérase al Juzgado de Paz de esta ciudad el expte. caratulado URRA BALDEMAR PEDRO ALEJANDRO C/MELLADO SANDOVAL LUIS G. S/EJECUTIVO (40-JP-13), para su cumplimiento, líbrese oficio.-

Déjese sin efecto el autos para resolver de fs. 17, con constancia en el libro respectivo.-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

NOTA: De haberse dado cumplimiento. CONSTE.-

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Poder Judicial de Río Negro