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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: T-2RO-17-C3-13
N° Receptoría: T-2RO-17-C2013
Fecha: 2013-10-02
Carátula: URRA BALDEMAR Pedro A. en: PAINEMAN Juan A. C/ MELLADO SANDOVAL Luis A. S.EJEC. S/ QUEJA - JUZGADO DE PAZ
Descripción: deja sin efecto
General Roca, 02 de octubre de 2013.s-
Habiendo asumido la suscripta la subrogancia del Juzgado Civil 3 el día 30 de septiembre de 2013, hágase saber el Juez que entenderá en la causa.-
Asimismo requiérase al Juzgado de Paz de esta ciudad el expte. caratulado URRA BALDEMAR PEDRO ALEJANDRO C/MELLADO SANDOVAL LUIS G. S/EJECUTIVO (40-JP-13), para su cumplimiento, líbrese oficio.-
Déjese sin efecto el autos para resolver de fs. 17, con constancia en el libro respectivo.-
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
NOTA: De haberse dado cumplimiento. CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro