Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: Z-2RO-112-C3-13

N° Receptoría: Z-2RO-112-AM2013

Fecha: 2013-09-30

Carátula: MENDOZA PAULINO ALBERTO S/ AMPARO ((Salud Pública))

Descripción: inicio

General Roca, 30 de septiembre de 2013.s

Agreguese la documentación acompañada.-

Atento las caracteristicas procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales.-

En consecuencia, conforme lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial, requierase a SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista, el que deberá ser contestado en el plazo perentorio de CUARENTA Y OCHO HORAS ( 48 HS.) asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantias de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza al instituto.-

En consecuencia librese oficio con adjunción de copia del acta y documentación.-

Notifiquese por cedula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta.- CUMPLASE POR SECRETARIA.-

Asimismo líbrese oficio al Ministerio de Salud Pública y al Hospital de Sierra Colorada, a fin de que informe:

1.- Si el paciente Paulino Alberto Mendoza DNI 28.255.735 , ha sido atendida en dicho nosocomio por el Dr. Carlos Puyo, con diagnóstico de "schowanoma tumoración compresiva paraplejia exceresis tumoral" y que requiere cirugía.-

2.- Si hay antecedentes que fue requerido una prótesis (Sistema Spydium Opción Nacional Infinity +2 (dos) DTT) y en su caso respuesta obtenida.-

3.-Manifieste el lugar y el profesional que realizará la intervención quirúrgica al amprista y de requerir traslado su implementación.-

Asimismo librese oficio al Dr. Carlos Puyo, a fin de que informe:

1.- Si atiende a Paulino Alberto Mendoza DNI 28.255.735, y en su caso, diagnóstico y tratamiento programado.-

2.- Si se le ha solicitado una cirugía de columna y el pedido de prótesis respectiva y los resultados de la gestión.-

3.- Si ha solicitado la entrega de la misma por parte del Hospital -

4.- Consecuencias que puede padecer el paciente en caso que no se le sea entregada la prótesis solicitada.-

5.- Institución donde se realizará la cirugía y modalidad del traslado del paciente..

6.- Moivos por los que se rechazó el material provisto en fecha 29/08/2013.-

El oficio deberá ser requerido con transcripción y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

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