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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0841/2012
Fecha: 2013-09-27
Carátula: ALONSO NICOLAS SANTIAGO C/ CAMPOS HECTOR ROGELIO Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: contesta traslado
EXPTE. N° 0841/2012
CARATULA: ALONSO NICOLAS SANTIAGO C/ CAMPOS HECTOR ROGELIO Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, de septiembre de 2013.-
Agréguese la cédula recibida.-
Por presentado en el carácter de gestor procesal. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del CPCC y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
Por contestado el traslado conferido a fs. 41.-
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Poder Judicial de Río Negro