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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 42355
Fecha: 2013-09-27
Carátula: STIGLICH Edgar Julio S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: TRASLADO
//neral Roca, 27 de SEPTIEMBRE de 2013.=
Agréguese y dése por cumplimentado con lo ordenado a fs. 9.
Por promovido beneficio de litigar sin gastos.-
Cítese a los futuros demandados Cecilia Elizabeth Koltes y Dionisio Ismael Guelen, y a la Delegación de Rentas a los fines previstos por el art. 80 del C.P.C., Notifíquese mediante cédula, con copias de la presentación y de las declaraciones de los testigos.-
Pasen las presentes actuaciones en vista a Rentas.-
Líbrense oficios al Registro de Propiedad del Inmueble y Automotores correspondientes a fin de que informen si el actor posee bienes, en el término de veinte días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.
Déjese constancia de la iniciación en los autos principales.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro