include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41371
Fecha: 2013-09-27
Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA C/ FERNANDEZ Victor Ruben s. Sucesión S/ LEGITIMO ABONO
Descripción: regulación
General Roca, 27 de septiembre de 2013.s-
Agréguese el poder acompañado y téngase por presentado en el carácter invocado.-
Del domicilio constituido, traslado.-
Téngase presente lo manifestado y atento el estado de autos, regulo por sus actuaciones los honorarios del Dr. Pablo Bergonzi en la suma de $ 326 y los del Dr. Santiago Emiliano G. Silva en la suma de $ 326 (1 Jus (arts. 6, 8 y 41 ley 2212 R.N.)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro