include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0679/94/5
Fecha: 2013-09-26
Carátula: PAYALEF MIRTHA HAYDEE S/ HOMOLOGACION
Descripción: CUOTA ALIMENTARIA: CESE (DEFENSORIA) SIN COSTAS
JUZGADO CIVIL, COM. y MINERIA Nº 3
I CIRCUNSCRIPCION
AUTO INTERLOCUTORIO:
FOLIO:
SECRETARIA UNICA
Viedma, de septiembre de 2013.-
Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados "PAYALEF MIRTHA HAYDEE S/ HOMOLOGACION", Expte Nº 0679/94/5, para resolver.-
Y CONSIDERANDO:
1.- Que a fs. 75 presenta el sr. Miguel Angel Tolosa, por intermedio de apoderada y solicita el cese de la cuota alimentaria a favor de sus hijos Patricia Adriana Tolosa, Miguel Alberto Tolosa, Mayra Belén Tolosa y Leandro Ezequiel Tolosa, atento haber alcanzado éstos la mayoría de edad.-
2.- Que, conforme lo dispone el art. 306 del Código Civil, la patria potestad se acaba, entre otros motivos, por llegar los hijos a la mayor edad y en consecuencia, según el art. 264 del mismo Código finaliza el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los padres sobre las personas y bienes de los hijos, encontrándose dentro de esos deberes la obligación de alimentos (conf. arts. 265 y 267 cód. cit.).-
3.- Que tal como consta en los certificados de nacimiento obrantes a fs. 9/12 de autos, a la fecha los hijos Patricia Adriana Tolosa, Miguel Alberto Tolosa, Mayra Belén Tolosa y Leandro Ezequiel Tolosa han alcanzado la mayoría de edad, razón por la que corresponde hacer lugar a la petición de cese de cuota.-
Por todo lo expuesto,
RESUELVO:
I.- Hacer lugar a lo solicitado a fs. 9/12 y ordenar el cese de la cuota alimentaria a favor de Patricia Adriana Tolosa, Miguel Alberto Tolosa, Mayra Belén Tolosa y Leandro Ezequiel Tolosa.-
II.- Sin costas (art. 68 C. Pr.).-
III.- Firme que se encuentre la presente y a los fines de la toma de razón, líbrese oficio al Organismo empleador correspondiente del demandado.-
IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
<*****>
Poder Judicial de Río Negro