include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0446/2010
Fecha: 2013-09-25
Carátula: PATAGONIA SERVICIOS FINANCIEROS S.A. C/ WATSON CRISTINA ELIZABETH Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO EN CTAS. BANCOS
EXPTE. Nº : 0446/2010.-
CARATULA: PATAGONIA SERVICIOS FINANCIEROS S.A. C/ WATSON CRISTINA ELIZABETH Y OTRO S/ EJECUTIVO.-
Viedma, de septiembre de 2013.-
Atento lo solicitado, trábese embargo sobre las sumas de dinero que el accionado tenga o tuviere en cuentas corrientes, cajas de ahorro, plazos fijos, transferencias, giros y/o cualquier otro concepto, siempre y cuando dichos fondos no provengan del pago de haberes del demandado, ya sea tanto como activo o pasivo, en los bancos Patagonia S.A. y de la Nación Argentina, hasta cubrir la suma de $ 1.500 en concepto de capital, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 1.429 que se presupuestan provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio. A tal fin líbrense oficios a las entidades bancarias mencionadas, bajo responsabilidad de la parte, haciéndose saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos, en el Banco Patagonia S.A. -sucursal Viedma-. Tiénese presente las personas facultadas para el diligenciamiento del oficio ordenado.-
E Z
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro