include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0310/2009
Fecha: 2013-09-25
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ RODRIGUEZ MARTHA YOLANDA S/ EJECUTIVO
Descripción: REGULA HON - EMB. SUELDO
EXPTE. No.: 0310/2009
CARATULA:CONFIAR S.R.L. C/ RODRIGUEZ MARTHA YOLANDA S/ EJECUTIVO
Viedma, de septiembre de 2013.-
Agréguese.-
Atento las pautas establecidas en el art. 1627 del C.C. -ref. ley 24.432-, los topes porcentuales máximos previstos en el art. 77 del C. Pr. y los arts. 6 y 7 (tarea profesional y labor desarrollada) de la ley 2.212, y a fin de no ocasionar una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo efectivamente cumplido y la retribución resultante de la aplicación directa de las normas arancelarias, regúlanse los honorarios profesionales de la Dra. María Marcela Savioli, por la etapa de ejecución de sentencia, en la suma de $ 980. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada sra. MARTHA YOLANDA RODRIGUEZ (DNI Nº 11.655.873) como empleada de la Mutual Personal Policial de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 980 en concepto de honorarios regulados por ejecución de sentencia, con más la suma de $ 98 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en la cuenta judicial Nº 299003012 perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro