Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41325

N° Receptoría:

Fecha: 2013-09-25

Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ SERRANO Patricia Andrea S/ EJECUTIVO

Descripción: previo al cheque

General Roca, 25 de septiembre 2013.s-

Agréguese el informe bancario.-

Previo al cheque cúmplase con la ley 869.-

Asimismo y en virtud de lo prescripto por el artículo 16 de la Ley de Tasas 2716, que establece que la base imponible en los juicios por sumas de dinero, estará constituida por el capital con más los intereses devengados a la fecha de interposición de demanda, previo a la prosecución de autos y a efectos de proceder a la determinación de las diferencias a ingresar practique liquidacióny abónense las cargas fiscales correspondientes-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro