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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0400/2013
N° Receptoría: D-1VI-404-C2013
Fecha: 2013-09-24
Carátula: PATAGONIA SERVICIOS FINANCIEROS S.A. C/ FAILLA GRACIELA EDITH S/ EJECUTIVO
Descripción: ACLARAT. PARA RECTIF LA REG. HON. A UN ABOGADO
JUZGADO CIVIL, COM. y MINERIA Nº 3
I CIRCUNSCRIPCION
AUTO INTERLOCUTORIO:
FOLIO:
SECRETARIA UNICA
Viedma, de septiembre de 2013.-
Y VISTOS: los presentes obrados caratulados: PATAGONIA SERVICIOS FINANCIEROS S.A. C/ FAILLA GRACIELA EDITH S/ EJECUTIVO Expte. nº 0400/2013.-
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 13 se presenta la Dra. María Marcela Cirignoli solicitando se rectifique la regulación de honorarios efectuada en la resolución dictada a fs. 12, manifestando que la mencionada es la apoderada de la parte actora y no la Dra. Savioli como allí se consigna.-
Que atento lo peticionado, teniendo en cuenta las constancias de autos, en especial el poder obrante a fs. 2/3 y escrito de fs. 13 y conforme lo dispuesto en el art. 166 inc. 2 del CPCC, corresponde rectificar la regulación de los honorarios efectuados en el Auto Interlocutorio nº 429 obrante al folio nº 437 de fecha 18/09/03, en el sentido que los honorarios allí regulados corresponden a la Dra. María Marcela Cirignoli.-
RESUELVO:
I.- Rectificar la regulación de los honorarios efectuados en el Auto Interlocutorio nº 429 obrante al folio nº 437 de fecha 18/09/03, en el sentido que los honorarios regulados corresponden a la Dra. María Marcela Cirignoli.-
II.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro