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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0824/2009
Fecha: 2013-09-23
Carátula: NAVONE CINTIA DEL CARMEN C/ COLUSSI HNOS. S.A. COM. IND. Y FIN. S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA (Ordinario)
Descripción: REGULACION DE HONORARIOS - HOMOLOGA
EXPTE Nº 0824/2009
CARATULA: NAVONE CINTIA DEL CARMEN C/ COLUSSI HNOS. S.A. COM. IND. Y FIN. S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA (Ordinario)
Viedma, de septiembre de 2013.-
Tiénese presente.-
Atento el acuerdo arribado por las partes a fs. 76, homológaselo en todos sus términos, quedando establecidos los honorarios profesionales de los Dres. José Luis Merlotti y Mauricio Luis Merlotti, en forma conjunta, en el equivalente a 3 jus y los de la Defensora de Ausentes en 3 jus. Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro