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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41984
Fecha: 2013-09-23
Carátula: OLIVIERI Velarmino Tomás S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: agrega céd.///APELACION
Se agregan (4) cédulas diligenciadas.-
Expte. 41984.-
//neral Roca, 23 de septiembre de 2013.-j
Atento lo dispuesto a fs. 166, inc. 2, del CPC, se aclara que el beneficio de litigar sin gastos se concede en forma total, por cuanto de haberse otorgado en forma parcial se especifica concretamente en qué consiste esa parcialidad.-
En razón de ello, concédese en relación el recurso de apelación interpuesto.-
De lo fundamentos de la apelación traslado a los accionantes.-
Oportunamente, elévense las presentes actuaciones a la Excma Cámara de Apelaciones .-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro