include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39630
Fecha: 2013-09-23
Carátula: COSTA Iris C/ SARTOR Victor Juan y otros S/ ESCRITURACION (Ordinario)
Descripción: resolucion
General Roca, 23 de septiembre de 2013.-
Y VISTOS: Para resolver en estos autos caratulados: COSTA IRIS c/ SARTOR VICTOR JUAN Y OTROS s/ ESCRITURACION (ORDINARIO) (Expte. 39.630 -III- 09).-
Ante la diferencia que mantienen las partes por la base regulatoria, una vez definido el conflicto que las enfrentara por medio de la sentencia obrante a fs.154/8 que quedara firme, corresponde determinar ese aspecto.-
En razón de los presupuestos acompañados a fs.162 por la parte actora y fs.181 por la parte demandada, el monto base se fija en $ 850.000.- término medio que permitirá impedir la indefinición del tema, sin que las partes se pongan de acuerdo, tal como surge de las constancias de fs. 162/91.-
Si bien es extemporánea la pretensión de fs.182 de la demandada en base a los actos cumplidos con anterioridad, de todos modos el profesional tiene derecho a solicitar que su retribución lo sea en base a una tasación del bien. Sin perjuicio de lo expuesto, en autos se ha dado oportunidad que los interesados hubieran contribuido a definir esta cuestión subsistente.-
En función de lo expuesto y lo dispuesto por el art.3 de la ley 2212, cabe regular honorarios en esta instancia, por lo que.-
RESUELVO: Regular los honorarios de los profesionales que han actuado en autos, tomando como base para el cálculo el término medio de las tasaciones acompañadas es decir $ 850.000.-
Conforme a ello, regulo los honorarios del Dr. Miguel Parra Segura en $ 102.000.-, los de la Dra. Emilce Belén Tello en $ 20.000.- (actuación de fs.54/7) y Dr. Oscar Ismael Pineda en $ 63.300.- (M.B. $ 850.000.- arts. 6, 7, 8, 10 y 33 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y regístrese .-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro