Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15685-282-10

N° Receptoría:

Fecha: 2013-09-20

Carátula: NUÑEZ PATRICIA VIVIANA / SAEZ ADOLFO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario) INCIDENTE ART. 250 CPCC

Descripción: Apercibimiento art. 288

Expediente Nro.15685-282-10

San Carlos de Bariloche, 20 de septiembre de 2013

Atento a lo dispuesto a fs. 935, hágase efectivo el apercibimiento del art. 288 CPCC respecto del presentante de fs. 934, téngase por constituido domicilio en los estrados del Superior Tribunal.

Advirtiendo que la notificación del traslado de la casación a las partes interesadas ya se encuentra efectivizada (arg. art. 288 CPCC), déjase sin efecto por contrario imperio la providencia de fs. 929.

AL ACUERDO.

EDGARDO CAMPERI

Presidente

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Poder Judicial de Río Negro