Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42579

N° Receptoría:

Fecha: 2013-09-20

Carátula: HERNANDEZ LAGOS Lucila Del carmen S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: DECLARATORIA

//neral Roca, 20 de SEPTIEMBRE de 2013.=

VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "HERNANDEZ LAGOS LUCILA DEL CARMEN S/SUCESION" (Expte. Nro. 42.579-III-13).-

CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Luci la del Carmen Hernandez Lagos, ocurrido el 09 de noviembre de 2011 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 4.

La causante se encontraba unida en matrimonio con Carmen Morales Torres, por acto celebrado el 06 de julio de 1962 en Cervantes (Río Negro), certificado a fs. 5.-

De dicha unión nacieron:

María Isabel: el 07 de octubre de 1966 en General Roca (RN), certificado a fs. 6.-

Ismael Eduardo: el 10 de junio de 1968 en General Roca (RN), certificado a fs. 7.-

Dagoberto Javier: el 22 de septiembre de 1971 en Gral. Roca (Río Negro), certificado a fs. 8.-

Roberto Fernando: el 04 de marzo de 1974 en Gral. Roca (Río Negro), certificado a fs. 9.-

A fs. 15 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-

A fs. 17/8 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento con lo que se acredita que a nombre del causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-

A fs. 20/6 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-

Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,

RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de LUCILA DEL CARMEN HERNANDEZ LAGOS, le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos MARIA ISABEL, ISMAEL EDUARDO, DAGOBERTO JAVIER y ROBERTO FERNANDO de apellido MORALES y HERNANDEZ, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde al cónyuge supérstite CARMEN MORALES TORRES sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.

NOTIFIQUESE y REGISTRESE.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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