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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: M-2RO-97-C3-13
N° Receptoría: M-2RO-97-C2013
Fecha: 2013-09-20
Carátula: CABRERA LEDA Blanca S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: Inicio
//neral Roca, 20 de septiembre de 2013.-
Agréguese y téngase presente.-
Hágase saber que deberá acompañar el formulario "Declaración Jurada de Apertura de Juicio".-
Con citación a la contraria, proveyendo la prueba ofrecida (art. 80 del CPC),
TESTIMONIAL: Para la declaración de JORGE RUBEN ÑANCURPAY, OSCAR HUGO SALAZAR y ANA LORENA ASAAD, fíjase la audiencia del 07 de octubre de 2013 a las 8,30 hs. bajo apercibimiento de ser traído por la fuerza pública a la del día 21 de octubre de 2013 a las 8,30 hs. horas. que se fija como supletoria. Notifíquese con transcripción del art. 431 del CPC, a cuyo efecto líbrense cédulas a Centenario y Neuquén capital .-
Notifiquese a los futuros demandados la iniciación de los presentes y las audiencias precedentemente ordenadas. A tal fin líbrense cédulas a Allen.-
Asimismo, pasen los presentes a la Delegación de RENTAS (acordada N° 10/03 art. 4 del STJ).
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).
Hágase saber a las partes que previo a la celebración de las audiencia, deberán estar debidamente notificados los futuros demandados.-
A los fines solicitados, líbrense oficios al Registro de la Propiedad Inmueble, Automotor correspondientes, Municipalidad de Allen, Municipalida de Neuquén y Dirección Pcial. de Rentas.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro