Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0333/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2013-09-19

Carátula: MUTUAL PERSONAL BANCO PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ PAILEMAN SANDRA MONICA S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO

EXPTE. No.: 0333/2011

CARATULA:MUTUAL PERSONAL BANCO PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ PAILEMAN SANDRA MONICA S/ EJECUTIVO

Viedma, de septiembre de 2013.-

Agréguese. Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada SANDRA MONICA PAILEMAN como empleada de la Asociación Bancaria Seccional Viedma, hasta cubrir la suma de $ 7.060 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 706 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro