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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 16974-054-13
N° Receptoría: Q-3BA-43-CC2013
Fecha: 2013-09-19
Carátula: CHAVEZ, JUAN CARLOS / VILLAGRAN, MALVA Y OTROS- INTERDICTO DE RECOBRAR. MEDIDA CAUTELAR- S/ QUEJA
Descripción: OFICIO hace lugar a la queja
San Carlos de Bariloche, 19 de septiembre de 2013
A la sra. Secretaria del
Juzgado Civil nro. 3
dra. ALEJANDRA MARCOLINI
S / D
OFICIO Nro. 191/13
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados: "CHAVEZ, JUAN CARLOS C/ VILLAGRAN, MALVA Y OTROS- INTERDICTO DE RECOBRAR. MEDIDA CAUTELAR- S/ QUEJA", expte. nro. 16974-054-13, (reg.cám) que tramitan por ante esta Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, bajo la presidencia del dr. Edgardo Jorge Camperi, secretaría a mi cargo, a fin de hacerle saber que en los presentes se ha dispuesto tramitar el recurso de apelación denegado en los autos principales.
El auto que ordena el presente dice en su parte pertinente: “///San Carlos de Bariloche, 30 de Abosto de 2013.......Por ello la CAMARA...RESUELVE: 1ro.) Hacer lugar a la presente queja. II) Oficiar......fdo. dres.Rubén Marigo, Juan Lagomarsino, Edgardo J. Camperi. JUECES DE CAMARA.
Saludo a Ud. muy atentam ente
ANGELA ALBA POSSE
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro