include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34527III
Fecha: 2006-05-12
Carátula: CREDIL S.R.L. c/MANCHINI Ricardo J. S/ Ejecutivo
Descripción: regula. acrecidos-a cheque
//neral Roca, 12 de MAYO de 2006.=
Líbrese cheque a la orden de la Dra. Marcela A. Saitta por la suma de $ 214,96.- en concepto de: saldo liquidación aprobada a fs. 125 vta.
Atento el estado de autos, regulo por acrecidos los honorarios de la Dra. Marcela Adriana Saitta en la suma de $95.-(M.B. $ 1.637,39.- -retiros efectuados- arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En.......se libro cheque N°........y en.........retiro cheque Dra. SAITTA. Conste.
<*****>
Poder Judicial de Río Negro