Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41094

N° Receptoría:

Fecha: 2013-09-18

Carátula: DIAZ Norma Graciela y otros C/ MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA y Otros S/ ORDINARIO

Descripción: CLAUSURA

//neral Roca, 18 de SEPTIEMBRE de 2013.=

Siendo exacto lo manifestado, obrando la confesional del representante legal de la demandada Municipalidad de Gral. Roca a fs. 252/254, se tiene por producida dicha prueba.

Consecuentemente, no restando prueba alguna a producir a ninguna de las partes según certificación de fs. 397, clausúrase el período probatorio. Notifíquese.

Firme la misma, pónganse los autos en Secretaría a fin de que las partes aleguen por su orden.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro