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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: D-2RO-626-C3-13
N° Receptoría: D-2RO-626-C2013
Fecha: 2013-09-18
Carátula: CALDERON ROA HUGO MELITON C/ CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN S/ EJECUCION DE MULTA
Descripción: previo inicio
General Roca, 18 de septiembre de 2013.s-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Certifique el Actuario.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sr. JUEZ:
CERTIFICO: Que por ante este Juzgado Civil TRES, Secretaría Unica, tramitan los autos caratulados: CALDERON ROA HUGO MELITON Y OTRA C/GARCE SUSANA EDITH S/EJECUCION DE CONVENIO (39980), en los cuales a fs. 84, 87,90, 85 y 91 obran los originales cuyas copias se encuentran glosada en estos autos a fs. 5/9.-
Asimismo certifico que a fs. 88 obra la Nota 0744 del Area de Liquidaciones del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, del Gobierno de Río Negro, de Viedma, recibida el 13 de agosto de 2013, en el que informan que comenzarán a descontar el embargo ordenado en el expte 39980-JC3-10 dentro de dos meses aproximadamente.-
A fs. 45 y 69 consta que la suma que se debía embargar era $ 700 en concepto de capital, con más la suma de $ 300 calculadas para costas.
Secretaría, 18 de septiembre de 2013.s-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
General Roca, 18 de septiembre de 2013.s-
Téngase presente la certificación que antecede.-
Se deja constancia que la ejecución de multa iniciada por Hugo Meliton Calderón Roa contra el Consejo Provincia de Educación de la Provincia de Río Negro procederá por la suma de $ 1000 en concepto de capital (suma que se omitió embargar) con más la suma de $500 que se calculan para costas .-
Previo a todo dése intervención a la Comisión de Transacciones Judiciales con asiento en funciones en la Fiscalía de Estado, sito en calle Alvaro Barros 328 de Viedma a fin de que se expida en la presente demanda, sobre la posibilidad de un acuerdo conciliatorio, en el plazo de VEINTE días de notificada. Vencido dicho plazo sin que sea contestado el requirimiento hágase saber que proseguirá el curso del proceso a instancias de las partes. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese cédula directa a Viedma.-
Déjese nota en los autos principales.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse dado cumplimiento. CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro