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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36587
Fecha: 2005-06-22
Carátula: MUÑOZ Nelly c/MIQUELARENA Antonio Guillermo S/ Sumario
Descripción: Provid.-a cedula- Oficios
cedula a Oscar Garcia, Ruben Lopez, Nelly ;Muñoz y Ricardo Fontan notifica audiencia del 20-4-05
oficios de informes de informes prueba demandada
of. 1028 al Civil 5 p/remision expte.
//neral Roca, 22 de junio de 2005._
Proveyendo el escrito de fs. 100, agréguese y téngase presente.
Proveyendo el escrito de fs. 101, agréguese.
Proveyendo a fs. 104: Agreguese y tengase presente.-
Tengase presente la renuncia formulada.-
A la designación de de Defensor Oficial no ha lugar.- Estese a lo dispuesto por el art. 53 del C.P.C.-
Intimese al demandado para que en el termino de DIEZ días regularice la personeria, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 53 inc. 2 del C.P.C. Notifiquese en el domicilio real a cuyo fín librese cedula.-
Hagase saber al Dr. Calarco, que deberá continuar con su gestión conforme lo dispuesto por el art. 53 inc. 2 del CPC. hasta tanto se cumpla el plazo ordenado precedentemente, bajo apercibimiento de lo dispuesto en la mencionada norma legal.-
Al punto 3, téngase presente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro