include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0180/2006
Fecha: 2013-09-13
Carátula: MALPELI JORGE MARINO S- SUCESION S- RECONSTRUCCION S/ EJECUCION DE CONVENIO
Descripción: EXPTE. ARCH. FIRMA PROSECRET
Expte. Nro: 0180/2006
Carátula: "MALPELI JORGE MARINO S- SUCESION S- RECONSTRUCCION S/ EJECUCION DE CONVENIO"
Viedma, de septiembre de 2013.-
Encontrándose los autos principales archivados, fórmese media carátula y en uso de la delegación de facultad dispuesta mediante Auto Interlocutorio n° 893/11, líbrese oficio al archivo del Poder Judicial a efectos que proceda a la remisión de las actuaciones previo pago del sellado de ley.-
Hágase constar en el oficio a librarse el número de orden 677 y año de remisión 2012.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro