include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34525III
Fecha: 2013-09-13
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ MARIN Adolfo S/ EJECUTIVO
Descripción: a cheque
//neral Roca, 13 de septiembre de 2013.s-
Agréguese el informe acompañado.
Téngase presente la caución ofrecida y la conformidad prestada por Caja Forense-.
Líbrese cheque a la orden de Marcela A. Saitta DNI 17.371.796 por la suma de $3.570,10.- en concepto de: saldo de liquidación aprobada a fs.119. Cta. N° 126683289.
Regulo por acrecidos los honorarios de la Dra. Marcela Adriana Saitta en la suma de $ 140.- (M.B. $14.663,45 -total de extracciones realizadas en autos).-
Regulo por honorarios complementarios de la Dra. Marcela Adriana Saitta en la suma de $ 1.000.- (M.B. $ 8.101,42 -fs. 83, correspondiente a los intereses del capital.) (arts. 6, 8 y 41 ley 2212 R.N.)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En.................se libró cheque N°......................-CONSTE.
En........ .......retiro cheque Dra. SAITTA. Conste.
<*****>
Poder Judicial de Río Negro