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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0903/2011
Fecha: 2013-09-12
Carátula: MAZZEI DAVID MARCELO C/ LUCERO CARMELO ISIDORO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo)
Descripción: DEVUELTO - AG MC CONTESTA DEMANDA
EXPTE. Nº 0903/2011
CARATULA: MAZZEI DAVID MARCELO C/ LUCERO CARMELO ISIDORO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo)
Viedma, de septiembre de 2013.-
Por devueltos los autos principales. Agréguese la cédula acompañada y estese a la etapa procesal oportuna.-
Agréguese la mediacarátula formada.-
Proveyendo a fs. 75/79:
Por presentado, parte a tenor del poder acompañado y constituido el domicilio.-
Por contestada la demanda en tiempo y forma.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro