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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0442/2011
Fecha: 2013-09-12
Carátula: DECANDIA PATRICIA LUCIA C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE S- SUMARIO (Daños y Perjuicios) S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: COBRO X BCO. - EMBARGO
EXPTE. Nº 0442/2011.-
CARATULA: DECANDIA PATRICIA LUCIA C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE S- SUMARIO (Daños y Perjuicios) S/ EJECUCION DE HONORARIOS.-
Viedma, de septiembre de 2013.-
Proveyendo a fs. 154:
Agréguese.-
Al escrito de fs. 156:
Agréguese.-
Conforme lo peticionado y constancias de la causa, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de comunicarle que de los fondos que ingresen en la cuenta de autos nº 122027688 deberá entregar a los Dres. Miguel Angel Galindo Roldán (DNI nº 13.097.133) y/o Dr. Rafael Norberto Augugliaro (DNI nº 16.600.502), hasta cubrir la suma de $ 32.002,72 en concepto de intereses de honorarios, debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.-
Atento lo solicitado, trábese embargo sobre los fondos de coparticipación que le corresponde a la ejecutada Municipalidad de San Antonio Oeste, con las previsiones del art. 55 de la Constitución Provincial y hasta el 10 % previsto por el art. 1º de la Ley 2535, hasta cubrir la suma de $ 26.921,73 en concepto de honorarios, con más la suma de $ 2.700 que se presupuesta provisoriamente para intereses y costas, a cuyo fin ofíciese a la Contaduría General de la Provincia de Río Negro -Departamento Coparticipación Municipal (REJUM). Las sumas retenidas deberán ser depositadas en la cuenta de autos nº 122027688 en el Banco Patagonia S.A. -Sucursal Viedma-, a la orden de la suscripta.-
Rosana Calvetti
Juez
Se deja constancia que la copia del oficio obra en el sistema Lex. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro