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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41761
Fecha: 2013-09-12
Carátula: DIAZ Elida Francisca S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: regulacion
General Roca, 12 de septiembre de 2013.s-
Proveyendo a fs. 64: Agréguese y téngase presente.-
Proveyendo a fs. 65: Regulo por las dos primeras etapas los honorarios profesionales de la Dra. Leonor Fabiola Saez en $ 3.920 a cargo de los herederos- (M.B. $45.316,20 -fs.36- - arts. 6, 8, 25 y 44L.A. 2212.-)
Hágase saber que en autos sólo podrá disponerse del 50% en razón de que la titularidad corresponde a cónyuge de la causante.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla .
Atento lo dispuesto por la Cámara Civil de Apelaciones en los autos: LUCERO CIRILO S/SUCESIÓN C.A.21217 y MEHDI DAVID ROBERTO S/SUCESIÓN C.A.21235, acompáñese libre deuda de la Municipalidad atento que el informe es fs. 58/60 es certificación de deudas, a fin de inscribir los bienes a nombre de los herederos y proceder posteriormente a la regulación por la tercera etapa.- .-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro