Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39303

N° Receptoría:

Fecha: 2013-09-12

Carátula: COFRE Fermin C/ ESTAÑITA Francisco Carlos y Otra S/ ORDINARIO

Descripción: providencia

General Roca, 12 de septiembre de 2013.s-

Proveyendo a fs. 149: Téngase presente.-

Proveyendo a fs. 150: Téngase presente el desistimiento de la prueba pericial médica y pericial psicológica.-

Importando la petición respecto de la pericial contable, un solicitud de negligencia, de la misma, traslado. Not.-

Atento lo dispuesto por el artículo 402 del C.P.C. y el tiempo transcurrido, declárase la caducidad de la prueba informativa al Correo Argentina, la que no podrá ser realizada en esta instancia-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro